Definicón Vehículo de Movilidad Personal (VMP):

Que es un VMP y como se define ante la ley: Es un Vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Sólo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado. Se excluyen de esta definición los vehículos con sillín pero sin sistema de autoequilibrado, además los vehículos para personas con movilidad reducida, los vehículos con una tensión de trabajo mayor a 100 VCC (voltios de corriente continua) o 240 VAC (voltios corriente alterna), los vehículos concebidos para competición, así como aquellos incluidos dentro del ámbito del Reglamento (UE) n.o 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2013.

¿Quales son los patinetes eléctricos que quedan excluidos de esta definición?

  1. Los que no tengan la velocidad la limitada a 25 Km/h, o su velocidad sea inferior a 6 Km/h
  2. Los que tengan sillín incorporado. A este respecto recomendamos a los que tengan un sillín desmontable usarlo fuera de las vías urbanas , en vías privadas o vías verdes / pistas forestales, etc, dónde no haya circulación de vehículos a motor, y no estén sujetas a regulaciones de tráfico.
  3. Los que tengan una tensión de trabajo mayor a 100 VCC. Por tanto, no existe límite de potencia